Congelamiento urbanístico 2011-2012 (en el área de extensión urbana)
En el mes de junio del año 2010, la Ilustre Municipalidad de Coronel aplicó el Congelamiento Urbanístico (Artículo 117° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones) por 12 meses dentro del límite urbano, con el fin de evitar en toda la zona urbana la instalación de nuevas Centrales Generadoras de Energía Eléctrica, así como también restringir el uso industrial en aquellas zonas donde se permite junto con el destino residencial, teniendo en cuenta que, de acuerdo al nuevo Plan Regulador Comunal (en etapa de Evaluación Ambiental), dichos destinos estarían prohibidos.
Sin embargo, teniendo en cuenta que el desarrollo urbano de Coronel se ha extendido fuera del límite urbano vigente, la Ilustre Municipalidad de Coronel ha estimado pertinente ampliar esta postergación de permisos, decretando en el mes de febrero del año 2011 un nuevo Congelamiento Urbanístico en las áreas de extensión urbana, con el fin de resguardar dicho crecimiento ante actividades incompatibles que puedan generar conflicto a la nueva planificación de ciudad.
Actividades Congeladas:
De acuerdo a Decreto Alcaldicio N° 980/2011, publicado en el Diario Oficial con fecha 21 de Marzo de 2011, las siguientes actividades se encuentran congeladas, en los términos que a continuación se indican:
- Infraestructura Energética: Edificaciones o instalaciones del tipo Centrales de Generación de Energía, congeladas en el área de extensión urbana comprendida entre el límite urbano del PRC vigente y el límite de exensión urbana definido en el Plan Regulador Metropolitano de Concepción, en las zonas que se detallan en plano de decreto..
- Actividades Productivas: Todos los usos de suelo de actividades productivas, excepto Talleres inofensivos, congeladas en las áreas equivalentes a las zonas ZEMS-7, ZEHM-19, ZEHM-20 y ZEHM-21 del Plan Regulador Metropolitano de Concepción, emplazadas en el “Área de Extensión Urbana comprendida entre el limite urbano del Plan Regulador Comunal vigente y el limite de extensión urbana metropolitana definido en el PRMC”, tal como se grafica en plano de decreto.
A través de este Decreto, dichas actividades se encuentran congeladas por un plazo de 12 meses a contar del 21 de Marzo del año 2011.
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